Es después de la muerte de
Juan Vicente Gómez y con el gobierno de
Eleazar López Contreras, en 1936, que se puede hablar del sindicalismo y del
nacimiento del movimiento obrero en nuestro país. Es así como, en 1936 se inició
una campaña de las organizaciones políticas y del propio Presidente de
la República, guiadas a
lograr la sindicalización masiva de los trabajadores, luego de que éste,
enfrentará en el inicio de su mandato, dos huelgas obreras y una estudiantil
que sacudieron al país entre 1936 y 1937.
De estos movimientos marcó pauta la huelga petrolera de diciembre de
1936 que se desarrolló en protesta contra las condiciones de trabajo impuestas
por las compañías trasnacionales instaladas en el país y que duró más de 30
días, apoyada por varios sectores de la población.
Es importante resaltar, que fueron estos primeros movimientos,
dirigidos a conseguir libertad de reunión, el derecho a huelga, mejoras
salariales y reivindicaciones sociales para los trabajadores, los que marcaron
la esencia del movimiento sindical venezolano que logró la estructuración de
la Federación Obrera
de Venezuela, cuyo objetivo era extender su acción a todo el país.
A
la
Federación Obrera, se unió en 1941,
la Unión Petrolera y
luego del derrocamiento del general Isaías Medina Angarita, Acción Democrática,
creó
la
Confederación Venezolana de Trabajadores (CTV)
Aunque en Venezuela se celebró por primera vez el
Día del Trabajador,
en Maracaibo, estado Zulia, el 1ero de mayo de
1936, a través de decreto
López Contreras establece en 1938 que la celebración de ese día será todos los
24 de julio. No obstante en el año 1945, durante el gobierno de Isaías Medina
Angarita, se retoma la fecha del 1ero de mayo como el Día del Trabajador.
Rómulo Betancourt va más allá.
La Junta Revolucionaria
de Gobierno, encabezada por él, dicta un decreto el 27 de abril de 1946, en el
que considera que en la forma en que fue decretado el
Día del Trabajador por el
gobierno de
Medina Angarita
“lejos de beneficiar a los trabajadores y de
constituir un reconocimiento a los esfuerzos de éstos, los priva del salario
que ha debido acordárseles esa fecha en caso de no realizarse las labores”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario